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Foto del escritorMaritza Villegas

*La Conagua opera estrictamente bajo criterios técnicos y normativos enmarcados en Ley de Aguas Nac






Miércoles 05 de abril de 2023.-


 Para que las asociaciones civiles puedan incorporarse a los programas federales, deben cumplir con los estatutos establecidos, y estar legalmente constituidas.


A fin de aprovechar eficientemente el recurso hídrico del estado, tanto en los sectores público-urbano como en el agrícola, y de asegurar la adecuada gobernanza del agua, la Comisión Nacional del Agua (Conagua) opera estrictamente bajo criterios técnicos y normativos enmarcados en la Ley de Aguas Nacionales (LAN) por lo que no interviene en ningún sentido en la toma de decisiones de las Asociaciones Civiles de Usuarios, así lo indicó Joel Felix Díaz, director local de la dependencia federal en San Luis Potosí.


Aseguró que la Conagua guarda una relación institucional y de cooperación con las asociaciones civiles de usuarios tal como es el caso de la “Asociación de Usuarios del Sistema de Riego del Distrito 049 Media Luna de Rio Verde”, por lo que no interviene, y se mantiene ajena a la vida interna de las asociaciones civiles, ya que estas figuras se rigen bajo sus propios estatutos.


Derivado de las declaraciones donde se cuestiona la intervención de la Conagua en dicha asociación, Joel Felix Díaz aseguró que se tiene conocimiento de que se encuentran en conflicto legal del orden civil entre dos planillas internas, formadas entre sus mismos agremiados, y aseguró que el tratamiento de dichos conflictos compete directamente a la asociación civil en su conjunto y a la autoridad judicial civil local, por lo que Comisión no puede intervenir y únicamente puede conminarlos al dialogo y participación como usuarios dentro del Distrito de Riego 049 Río Verde.


Es importante informar que el liderazgo de dicha asociación, se encuentra en conflicto legal del orden civil entre dos planillas internas, formadas entre sus mismos agremiados, a través de un juicio Ordinario Civil por Nulidad de Asamblea y Actas, en el que Conagua es totalmente ajena.


Finalmente, el director local resaltó que, para que las asociaciones civiles puedan incorporarse a los programas federales deben cumplir con los estatutos establecidos, es decir, deben de encontrarse legalmente constituidas bajo la regulación de las asociaciones civiles o como se establece en la Ley de Aguas Nacionales, bajo las Reglas y Manuales de Operación para el Programa de Apoyo a la Infraestructura Hidroagrícola, aplicables en cada ejercicio y publicadas en el Diario Oficial de la Federación.


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