PROPONE EL DIP. MARCO ANTONIO GAMA BASARTE FORTALECER LA REGULACIÓN DE LOS COMITÉS DE AGUA RURALES
- Maritza Villegas
- hace 12 horas
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Domingo 08 de junio de 2025
PROPONE EL DIP. MARCO ANTONIO GAMA BASARTE FORTALECER LA REGULACIÓN DE LOS COMITÉS DE AGUA RURALES, ESTABLECIENDO SU COMPETENCIA EXCLUSIVA SOBRE EL SERVICIO DOMÉSTICO, Y TRANSPARENTANDO SU ADMINISTRACIÓN
PRESENTÓ UNA INICIATIVA DE REFORMA A LA LEY DE AGUAS PARA EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ
El diputado Marco Antonio Gama Basarte, presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Aguas para el Estado de San Luis Potosí, con el propósito de fortalecer la regulación de los Comités de Agua Rurales, estableciendo su competencia exclusiva sobre el servicio doméstico, y transparentando su administración.
Los comités de agua rurales, prestarán los servicios públicos de agua, alcantarillado y en su caso el de aguas residuales tratadas, en los lugares en que existan estos servicios, únicamente bajo la modalidad de uso doméstico. Los comités actuarán orientados por las necesidades específicas de su localidad en materia de agua, y en seguimiento a esta
Ley.
Los ingresos obtenidos serán destinados exclusivamente a hacer más eficiente la operación y el funcionamiento del comité de agua rural, así como a la ampliación y mejoramiento de la infraestructura hidráulica del mismo. Los informes de administración y financieros de los comités de agua rurales, deberán ser puestos a disposición pública por los Ayuntamientos.
El legislador señaló que el servicio de agua potable, alcantarillado, y tratamiento de aguas, es una atribución municipal; la cual, bajo los términos de la Ley de Aguas para el estado de San Luis Potosí, puede ser ejercida por medio de organismos operadores descentralizados que prestan sus servicios.
No obstante, y debido a la distribución de los centros poblacionales en diferentes municipios, a veces resulta extremadamente difícil que las autoridades locales y los organismos operadores, puedan prestar sus servicios en áreas rurales, cuyos patrones de distribución poblacional, características del terreno y condiciones de la infraestructura pueden resultar muy diferentes de las manchas urbanas.
Por ello, en la Ley de Aguas de nuestra entidad, se consideran los Comités de Agua Rurales, que son una alternativa para la prestación del servicio de agua, que se constituyen por los municipios a través de acuerdo de Cabildo, y se rigen por los Reglamentos expedidos con ese fin.
En atención a la inquietud ciudadana, se reconoce la necesidad de que algunos aspectos clave, sean regulados desde la Ley de Aguas, y de ahí se establezcan en los Reglamentos, en virtud de la importancia del objetivo de los comités, que es brindar servicio de aguas en áreas rurales en los municipios.
La iniciativa del diputado Marco Antonio Gama Basarte se turnó a las comisiones correspondientes para su análisis y dictamen.
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