Lunes 25 de marzo de 2024.
EL CONGRESO DEL ESTADO APROBÓ REFORMAS A LA LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE LOS SUJETOS OBLIGADOS DEL ESTADO
Con el objetivo de asegurar la protección de los datos personales de niñas, niños y adolescentes, el pleno del Congreso del Estado aprobó la reforma a los artículos, 3° en su fracción IX, y 8° en su fracción III, de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados del Estado de San Luis Potosí.
Mediante esta reforma, se incluye en la definición que la ley proporciona de “Datos Personales Sensibles”, los datos personales que hagan identificables a niñas, niños y adolescentes, ya que la relevancia de sus datos personales se potencializa al ser un grupo vulnerable en razón de su edad y etapa de desarrollo, con independencia de la interseccionalidad del grupo; de ahí que se requiera la obligada intervención del Estado para brindarles una mayor protección a la luz del principio del interés superior de la niñez.
También, se establece que, para el tratamiento de datos personales de niñas, niños y adolescentes, se deberá contar con el consentimiento expreso y por escrito de quien ejerza la patria potestad, tutela o guarda y custodia.
Esto, debido a que la representación legal de niñas, niños y adolescentes corresponde a quienes ejercen la patria potestad o la tutela, es que resulta viable y pertinente modificar la ley, para los efectos de establecer como requisito para el tratamiento de datos personales sensibles, contar con el consentimiento expreso y por escrito de quienes ejerzan la patria potestad, o tutela, cuando se trate de datos personales de niñas, niños y adolescentes
Se indica que los “datos personales sensibles” revisten una mayor relevancia en razón del grado de especificidad de los datos, mismos que se refieren a la esfera más íntima de su titular, y cuyo conocimiento puede resultar en un riesgo grave para la persona en cualquiera de los ámbitos de su vida.
Así, la protección de datos personales es la facultad de control de la información personal sobre su uso y destino, con el propósito de impedir que su circulación lesione los derechos de las personas.
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