SE PRESENTA INICIATIVA PARA EXPEDIR LA LEY DE CARRERA JUDICIAL PARA EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ
- Maritza Villegas
- hace 3 minutos
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Domingo 09 de noviembre de 2025.
CON ELLA SE SIENTAN LAS BASES PARA REGULAR EL FUNCIONAMIENTO DE LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO: DIP. CARLOS ARTEMIO ARREOLA MALLOL.
El diputado Carlos Artemio Arreola Mallol propuso la expedición de la nueva Ley de Carrera Judicial para el Estado de San Luis Potosí, que tiene por objeto el constituir las bases para regular el funcionamiento para las personas servidoras públicas pertenecientes al Poder Judicial del Estado, para establecer la garantía de un acceso eficaz y eficiente a la justicia en el estado.
Explica en su exposición de motivos, que luego de las reformas federales y estatales para la transformación total del Sistema Judicial en México y en San Luis Potosí, en vista de la construcción de un nuevo Poder Judicial, se realizó a nivel federal la publicación de la Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación en concordancia con el Octavo Transitorio de la modificación constitucional, bajo la cual, se estipulaba la adecuación de los instrumentos legales aplicables en la materia.
Por ello y en concordancia con la legislación federal, se busca establecer una legislación local que garantice el contar con capital humano profesionalizado, seleccionado a partir de procesos objetivos de ingreso, formación y promoción; contando con evaluaciones continúas orientadas al desempeño, permanencia y, en su caso, la separación del cargo del personal, teniendo como marco de actuación el mérito y la igualdad real de oportunidades”
La iniciativa señala que la Carrera Judicial constituye un sistema institucional integrado por los procesos de ingreso, formación, promoción, evaluación del desempeño, permanencia y separación del cargo de las personas servidoras públicas que la componen, basado en el mérito y la igualdad real de oportunidades, y tiene los siguientes fines: garantizar la independencia, imparcialidad, idoneidad, estabilidad, profesionalización y especialización de las personas servidoras públicas que forman parte de ella; propiciar la permanencia y superación de sus integrantes, con base en expectativas de desarrollo personal progresivo.
Además, contribuir a la excelencia, eficiencia y eficacia de la impartición de justicia y en la legitimidad de los órganos jurisdiccionales que integran el Poder Judicial del Estado; vincular el cumplimiento de los objetivos institucionales con el desempeño de las responsabilidades y el desarrollo profesional de las personas servidoras públicas que forman parte de ella; y, coadyuvar en el ejercicio de una justicia orientada por la igualdad sustantiva y la justicia social.
La Carrera Judicial está integrado por: Secretaria o Secretario de Acuerdos en las Salas del Supremo Tribunal de Justicia; Secretaria o Secretario de Acuerdos en los Juzgados de Primera Instancia; secretaria o Secretario Instructor del Tribunal Laboral; Secretaria o Secretario de Estudio y Cuenta en las Salas del Supremo Tribunal de Justicia; Secretaria o Secretario de Estudio y Cuenta en los Juzgados de Primera Instancia; Secretaria o Secretario de Estudio y Cuenta en el Tribunal de Disciplina Judicial; Subsecretaria o Subsecretario Administrativo en las Salas del Supremo Tribunal de Justicia; Subsecretaria o Subsecretario Administrativo en el Tribunal de Disciplina Judicial; Subsecretaria o Subsecretario Administrativo en los Juzgados de Primera Instancia; Actuaria o Actuario en las Salas del Supremo Tribunal de Justicia; Actuaria o Actuario en el Tribunal de Disciplina Judicial; Actuaria o Actuario en los Juzgados de Primera Instancia; y, Actuaria o Actuario en el Tribunal Laboral.
La iniciativa se turnó para su análisis a las comisiones de Puntos Constitucionales; y Segunda de Justicia.

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